Todas las Noticias de Universidad de Chile Todas las Noticias de Palestino Todas las Noticias de Unión Española Todas las Noticias de Deportes Iquique Todas las Noticias de Coquimbo Unido Todas las Noticias de Everton Todas las Noticias de Colo Colo Todas las Noticias de O'Higgins Todas las Noticias de Cobreloa Todas las Noticias de Universidad Catolica Todas las Noticias de Huachipato Todas las Noticias de Ñublense Todas las Noticias de Audax Italiano Todas las Noticias de Cobresal Todas las Noticias de Unión La Calera Todas las Noticias de Copiapó

Justicia española negó compensaciones a jugadores burlados por Ronaldo en comercial

Las imágenes se remontan a 1997 cuando el delantero burló a siete zagueros de Compostela.

Llévatelo:

En una inédita decisión, siete ex jugadores de Compostela, otrora equipo de la Primera División de España, decidieron demandar a la empresa Nike por incluir en un comercial imágenes de un joven Ronaldo burlándolos, no obstante, sus peticiones no fueron acogidas por la justicia hispana.

La publicidad se remonta a 1997, cuando el por ese entonces delantero de FC Barcelona burló a los zagueros del equipo rival para anotar uno de los goles más recordados por los aficionados del elenco catalán.

Las imágenes, que dejaban ver la potencia del brasileño, fueron compradas por la empresa Nike en unos 31.372 euros de la época, situación que no gustó en absoluto a los siete jugadores driblados del Compostela, quienes que iniciaron un pleito ante los tribunales reclamando a la multinacional una indemnización por intromisión ilegítima en su derecho a la propia imagen.

William Amaral, Javier Bellido, Frank Passi, Fabiano, Jose Ramón González Pérez, Mauro García y Chiba Said alegaron que la marca deportiva no les pidió autorización para utilizar sus imágenes, que no podían ser aprovechadas con fines publicitarios sin la correspondiente compensación económica.

Los jugadores argumentaron también que habían firmado contratos con la Liga de Fútbol Profesional para la explotación de los derechos comerciales colectivos de la Liga, pero en ningún caso para ser utilizados de forma individual con fines publicitarios de una empresa particular.

El litigio acabó con el Tribunal Supremo dándole la razón a Nike, desestimando la demanda con el argumento que en ella no se dirime una presunta vulneración del derecho a la imagen sino más bien una cuestión de cumplimiento o incumplimiento de los contratos de cesión del derecho a la explotación comercial.

Pero, además, el Supremo niega que hubiera una intromisión ilegítima en el derecho a la propia imagen de los jugadores, ya que el anuncio publicitario "se concentra en Ronaldo, cuya destreza y aptitudes deportivas se trata de ensalzar, hasta el punto de la magnificencia, para relacionarlas con las cualidades y la calidad del producto publicitado".