El legítimo reclamo del Club Presidente Ibáñez que complica a Chile
El equipo de la Región de Magallanes fue a la justicia por el partido suspendido con Huachipato.
La Corte de Apelaciones de Punta Arenas acogió el recurso de protección que presentó el Club Deportivo Presidente Ibáñez contra la Federación de Fútbol de Chile. La acción judicial está enmarcada en la decisión de suspender definitivamente el encuentro contra Huachipato y otorgarle el triunfo al equipo de Talcahuano por las condiciones climáticas en la ciudad puntarenense.
El abogado Juan José Srdanovic señaló en Al Aire Libre que "se acogió la orden de no innovar en un carácter parcial, que tiene que ver que se suspenden los efectos de la resolución que declaraba la pérdida de puntos del Club Presidente Ibáñez y, en tales circunstancias, se mantiene vigente el partido contra Huachipato. Por ende, el encuentro a jugarse con Puerto Montt, también quedaría suspendido".
Corte de Punta Arenas declara admisibles recursos en contra de resolución que eliminó al Club Presidente Ibáñez de la Copa Chile 2024 y dio ha lugar a la orden de no innovar que paraliza la decisión administrativa que dio como ganador a Huachipato… pic.twitter.com/w2TT4Mu8IY
— Poder Judicial Chile (@PJudicialChile) July 5, 2024
El legítimo reclamo que complica a la Federación de Fútbol de Chile
El abogado del CD Presidente Ibáñez ya le envió la resolución judicial a la Federación, al mismo correo "donde se comunicó en su momento que el club perdía los puntos y quedaba eliminado del campeonato. Así que no podrían alegar desconocimiento", agregó el abogado Srdanovic.
¿Cuál es el problema que podría perjudicar a Chile? Que en los estatutos de la FIFA sobre las obligaciones de las federaciones miembro señala explícitamente en su letra i, que deben "administrar sus asuntos de forma independiente y procurar que no se produzca ninguna injerencia por parte de terceros en asuntos internos".
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¿A qué se arriesga la Federación de Fútbol de Chile?
La violación a las obligaciones que impone la FIFA para las federaciones señala específicamente en el item Dispociones Generales, inciso14, la letra i, sobre las Obligaciones de las Federaciones Miembro, que "podría conllevar sanciones, incluso si la injerencia de un tercero no pudiera imputarse a la federación miembro. Ante la FIFA, las federaciones miembro serán responsables de todos y cada uno de los actos que los integrantes de sus órganos puedan causar por negligencia o conducta dolosa".
Si FIFA cree que en este caso hay un incumplimiento de los Estatutos o Reglamento, la Federación de Fútbol de Chile puede ser amonestada o suspendida.
Por otra parte, si FIFA estima que hay una grave violación a los Estatutos y/o reglamento, arriesga la expulsión del organismo.