Resumen: Colo Colo perdió, la U y la UC cosecharon empates y Cobresal es líder
El cuadro nortino quedó en lo más alto al cierre de la fecha 15.
Cobresal quedó como líder con los 28 puntos que acumuló a lo largo de las 15 primeras fechas del Campeonato Nacional, aunque comparte el lugar de privilegio con Huachipato, elenco que tiene un partido pendiente.
El equipo dirigido por Gustavo Huerta timbró un empate 0-0 ante Unión Española en El Salvador que le dejó al tope del certamen, superando por diferencia de gol (+13) al conjunto de la usina (+10), el cual en esta fecha perdió 1-0 en su visita a Audax Italiano.
Colo Colo abrió el último capítulo de la ronda inicial del torneo con una caída 1-0 a manos de Curicó Unido que le dejó quinto con 23 unidades, por detrás de Coquimbo Unido, que tiene 25 luego que venció a Magallanes, y de U. Católica, cuarto con 23.
Los "cruzados" igualaron 1-1 con Unión La Calera en el Estadio Santa Laura, en un idéntico resultado al que cerró Universidad de Chile en su viaje a Chillán para enfrentar a Ñublense. Los azules son sextos, igualmente con 23 positivos.
En la séptima posición está Everton, que derrotó 2-1 a Deportes Copiapó en Sausalito, y octavo es U. Española. O'Higgins, que venció a domicilio a Palestino, quedó en la novena ubicación, por sobre la escuadra "itálica" que trepó con la victoria sobre los siderúrgicos.
El torneo entrará en un receso de seis semanas y regresará con la fecha 16, en julio.
Los resultados de la fecha 15:
Tabla de posiciones:
Goleadores:
- Así se jugará el torneo
El Campeonato se desarrollará en dos ruedas de 15 fechas cada una, debiendo al finalizar el torneo anual haber completado 30 fechas, que se disputarán en la modalidad todos contra todos.
- Clasificación a copas internacionales:
Clasificarán a la Copa CONMEBOL Libertadores 2024:
a) El Club que resulte primero en la tabla de posiciones del Campeonato, el que se denominará para estos efectos: CHILE 1.
b) El Club que resulte segundo en la tabla de posiciones del Campeonato, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 85° de las presentes Bases, el que se denominará para estos efectos: CHILE 2.
c) El Club que resulte tercero en la tabla de posiciones del Campeonato, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 85° de las presentes Bases, el que se denominará para estos efectos: CHILE 3.
Clasificarán a la Copa CONMEBOL Sudamericana 2024:
a) El Club que resulte cuarto en la tabla de posiciones del Campeonato, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 86° de las presentes Bases, el que se denominará para estos efectos: Chile 1.
b) El Club que resulte quinto en la tabla de posiciones del Campeonato, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 86° de las presentes Bases, el que se denominará para estos efectos: Chile 2.
c) El Club que resulte sexto en la tabla de posiciones del Campeonato, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 86° de las presentes Bases, el que se denominará para estos efectos: Chile 3.
d) El Club que resulte séptimo en la tabla de posiciones del Campeonato, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 86° de las presentes Bases, el que se denominará para estos efectos: Chile 4.
El cuarto cupo para la Copa Libertadores, CHILE 4, se encuentra reservado para el campeón de la Copa Chile.
Si el campeón de la Copa Chile clasifica a la Copa Sudamericana, quedará clasificado para la Libertadores, llenándose los cupos de clasificación a la Sudamericana por los clubes que correspondan de acuerdo con el artículo 86.
Si el Campeón de la Copa Chile clasifica a la Libertadores como CHILE 1, 2 o 3, el cupo CHILE 4 será ocupado por el otro finalista de la Copa Chile.
Sin embargo, si el otro finalista de la Copa Chile también estuviere clasificado como CHILE 1, CHILE 2 o CHILE 3 a la Libertadores, ocuparán el CHILE 3 y CHILE 4 de dicha competencia los que hubieren obtenido el tercer y cuarto lugar del Campeonato regulado por estas Bases, clasificando a la Sudamericana los clubes que resultaren enlos lugares 5° al 8° en la tabla de posiciones del Campeonato, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 82° de las presentes Bases.